CONACULTA.gob.mx
Inicio > FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS CULTURALES > DONATIVOS > PRESENTACIÓN DE PROYECTOS NO GUBERNAMENTALES
Compartir
Donativos

 

donativos

 

PRESENTACIÓN DE PROYECTOS NO GUBERNAMENTALES

Las organizaciones no gubernamentales deberán presentar en forma impresa y en archivo digital legible, la siguiente documentación:

I.- Carta solicitud de donativo en original dirigida a la Dirección General de Administración del CONACULTA, el cual deberá incluir el nombre del proyecto a realizar (que deberá coincidir con el incluido en el Anexo 32.11 del PEF 2012), monto solicitado, y firma del representante legal.

II.- Proyecto cultural que justifique y fundamente la utilidad social de las actividades culturales a financiar con el monto del donativo, elaborado de conformidad con la Metodología para la elaboración de proyectos culturales.

III.- Los Donatarios no deben comprometer o devengar recursos de manera anticipada a la suscripción del contrato de donación celebrado con el CONACULTA, y de darse ese supuesto dichas erogaciones no formaran parte comprobatoria del recurso donado por la institución

IV.- Copia de la cédula de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes de la organización solicitante.

V.- Copia del comprobante de domicilio fiscal de la organización solicitante, cuya expedición no exceda tres meses (recibos de servicio telefónico o de consumo de energía eléctrica de la CFE, que coincida con el domicilio señalado en el RFC) y croquis de ubicación del mismo.

VI.- Copia de recibo  fiscal de donativo autorizado y vigente, conforme a los requisitos fiscales establecidos.

VII.- Copia de la identificación oficial con fotografía del representante legal (credencial para votar o pasaporte vigente).

VIII.- Copia de la Clave Única de Inscripción en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil (CLUNI).

IX.- Copia del oficio de autorización de la SHCP para recibir donativos para el ejercicio fiscal correspondiente, dentro de la clasificación otorgada por el SAT a las asociaciones dedicadas a actividades culturales y artísticas mencionadas en el Artículo 95 Fracción XII Ley del ISR.

X.- En los casos que aplique se solicitará la copia del acuse de entrega del Informe Anual de Actividades 2011, emitido por el Instituto Nacional de Desarrollo Social (INDESOL).

XI.- Copia del instrumento jurídico de creación y sus modificaciones, así como de los poderes notariales otorgados al representante legal que suscribe la solicitud, donde se acredite que el objeto social de la asociación se refiere a actividades culturales y artísticas y conste lo señalado en las fracciones III y IV del Artículo 97 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

XII.- Escrito en el cual manifiesten bajo protesta de decir verdad que:

1) Está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

2) Su principal fuente de ingresos no proviene del Presupuesto de Egresos de la Federación, salvo que acrediten ubicarse en alguno de los casos que permiten expresamente las leyes.

3) No estar integrado en algún otro padrón de beneficiarios de programas a cargo del Gobierno Federal.

4) No estar vinculado a asociaciones religiosas o a partidos y agrupaciones políticas nacionales, salvo que acredite ubicarse en alguno de los casos que permitan expresamente las leyes.

5) No encontrarse sujeto a proceso legal alguno, derivado de irregularidades en su funcionamiento.

XIII.- En el caso de proyectos de infraestructura cultural en los que se consideren recursos para construcción, rehabilitación, remodelación, mantenimiento y equipamiento de espacios culturales, los beneficiarios  deberán acreditar documentalmente la propiedad del inmueble.

XIV.- En el caso de proyectos de intervención de inmuebles que por sus características históricas o artísticas queden bajo la supervisión del INAH o INBA, el solicitante deberá presentar la carta de autorización del correspondiente Instituto para emprender cualquier modificación, y se sujetará a lo dispuesto en la normatividad aplicable.

XV.- En su caso, carta elaborada por el solicitante y firmada por su representante legal en la que justifique la continuación del apoyo al proyecto respectivo y explique que se trata de otra etapa de desarrollo del mismo; lo anterior, en caso de que la solicitud de donativo se refiera a un proyecto apoyado en ejercicios fiscales anteriores.

XVI.- Acuse de opinión del SAT relativo al cumplimiento favorable de sus obligaciones fiscales, la cual se renovará cada 30 días a partir de su expedición a fin de conservar su vigencia hasta el momento de la formalización del contrato de donación correspondiente.

XVII.- Catálogo de beneficiarios en original, mismo que contiene los datos de la cuenta bancaria en donde se depositará y se manejará de manera exclusiva el recurso, debidamente firmado por el representante legal y sellado. Los campos de de: Fecha de registro, Folio, U.R. Y/O ORG, CURP y Fecha de Cancelación no deben llenarse.

XVIII.- Copia de documentación comprobatoria de la apertura de cuenta bancaria que contenga clabe interbancaria, dicha cuenta será de uso exclusivo del recurso aportado por el CONACULTA y no se pondrán reutilizar cuentas existentes (contrato de apertura, carta del banco en la que se especifique la clabe interbancaria).

XIX.- Carta designación y aceptación del responsable interno solidario, firmada por el representante legal, quién designa y por el que acepta.

XX.- Copia de identificación oficial del responsable interno solidario.

XXI.- Copia de la cédula de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes del responsable interno solidario.

XXII.- Copia del comprobante de domicilio fiscal del responsable interno solidario.

 

Última modificación: 20 de abril de 2012 - 14:41 por Dirección General de Comunicación Social

Av. Paseo de la Reforma 175 piso 14, Col. Cuauhtémoc, Del. Cuauhtémoc. C.P. 06500, México D.F. Tel. (01 55) 41 55 02 00
Comentarios sobre el Sitio de Internet Comentarios y Sugerencias sobre éste sitio de Internet

 

CONACULTA, MÉXICO - ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2012 - POLÍTICAS DE PRIVACIDAD