Convocatoria del Programa de Estímulo a la Creación y Desarrollo Artístico del Estado de Durango, 2018


A los creadores, ejecutantes, intérpretes, estudiantes de arte, grupos artísticos, así como a los estudiosos de la cultura de la entidad para que, de manera individual o colectiva, presenten a concurso proyectos susceptibles de realizarse en el transcurso de un año, recibiendo, de ser seleccionados, estímulos económicos que les procuren mejores condiciones para continuar su labor.

Estado: Durango

Dependencia: Dirección General de Vinculación Cultural

BASES GENERALES

1. Los solicitantes deberán ser originarios del Estado de Durango o residentes con una antigüedad comprobable de cinco años sin interrupción, en la entidad.

2. Contar con una edad mínima de 18 años cumplidos a la fecha de cierre de la presente convocatoria.

3. Los aspirantes deberán registrar su proyecto en la página www.pecdaenlinea.cultura.gob.mx. Únicamente se aceptarán los proyectos debidamente registrados en la página del PECDA en línea.

4. Todos los proyectos registrados se someterán a una revisión administrativa con el propósito de verificar que los archivos cargados sean los correctos, en caso de que no se cumpla con la totalidad de los requisitos solicitados en la presente Convocatoria, la propuesta será descalificada, ya que es responsabilidad del aspirante verificar que cada archivo cargado sea el correcto y que no presente errores al abrirlo.

5. Todos los postulantes deberán llenar su expediente, cargando la documentación que se en lista:

  • Acta de nacimiento.
  • Identificación oficial (credencial de elector, pasaporte o cartilla) del postulante o, en su caso, de cada integrante del grupo.
  • CURP.
  • Comprobante de domicilio.
  • Constancia original de residencia expedida por el Ayuntamiento (Vigente) (Aplica para Jos participantes no originarios del Estado de Durango).
  • En caso de ser extranjeros, forma migratoria vigente expedida por ei/NM.
  • Carta compromiso firmada (incluida en el apartado Información de convocatoria en www.pecdaenlinea.cultura.gob.mx).
  • Currículum Vitae en el que incluya actividades artísticas realizadas. (Incluir constancias, premios, distinciones)
  • Carta de liberación (Sólo para beneficiarios de años anteriores).
  • Formato de solicitud, que deberá descargarse de la plataforma.

6. Todos los proyectos se cargarán en formato .doc o .pdf y deberán presentar el siguiente orden:

  • Título del proyecto.
  • Descripción.
  • Justificación.
  • Objetivo General 1 Objetivos Específicos.
  • Beneficios y beneficiarios directos.
  • Presupuesto y programación de gastos.
  • Resultados o productos finales.
  • Cronograma trimestral de actividades a realizar dentro del periodo comprendido entre octubre de 2018 a septiembre de 2019.
  • Propuesta para la difusión de su obra. (Ciclo de conferencias, exposiciones, lecturas, recitales, talleres, encuentros, coloquios, entre otros).
  • Acciones de retribución social (presentaciones artísticas, conferencias, talleres, capacitación, exposiciones, etc.) a desarrollarse en comunidades, municipios y espacios de la entidad. Dichas actividades deberán ser gestionadas, organizadas y desarrolladas por el beneficiario, de manera gratuita.
  • En la medida de sus posibilidades el ICED colaborará aplicando criterios de factibilidad.
  • Otras aportaciones disponibles (Apoyos, asesoría, equipos, instalación, recursos).

7. El Sistema en línea acepta los siguientes formatos:

  • Documento: DOC, PDF, DOCX, JPG.
  • Imagen: JPG, PDF.
  • Audio: MP3, FLV,MP4, AVI(hasta 20MB).
  • Video: FLV, MP4, A VI, MOV, MPG, MPEG (hasta 50MB.)

8. En caso que el proyecto lo requiere, el aspirante deberá contar con los permisos correspondientes, tales como derechos de autor, utilización de espacios, registros fotográficos en recintos, acceso a áreas naturales protegidas, entre otros. Estos permisos serán enteramente responsabilidad del postulante.

9. Los recursos de este Programa son limitados y la aceptación o rechazo de los proyectos no prejuzga su valor e importancia.

10. Los aspirantes que estén concursando simultáneamente en otra convocatoria de la Secretaría de Cultura podrán participar, no obstante, en caso de ser ganador en ambas convocatorias, deberán renunciar a alguno de los estímulos, a fin de beneficiar a un mayor número de creadores.

11 . Todos los aspirantes deberán plantear acciones de retribución social (talleres, cursos, conferencias, mesas redondas, lecturas públicas, presentaciones escénicas, conciertos y recitales individuales o grupales) a desarrollarse durante su proyecto en comunidades, municipios y espacios de la entidad. Dicha retribución socia l se suscribirá a través de un convenio.

12. La Comisión Técnica tiene la facultad de solicitar información complementaria sobre los proyectos presentados a concurso, otorgar un número menor o mayor de apoyos o declarar desierta alguna de las categorías convocadas.

13. Al presentar su solicitud firmada en digital, los aspirantes aceptan de conformidad sujetarse a las reglas de participación y al dictamen final de la Comisión Técnica (Jurado Calificador).

14. Los interesados deberán presentar, debidamente llenado y firmado el formato de solicitud que acompaña a la presente Convocatoria en digital.

15. En ningún caso las instituciones convocantes o los miembros de la Comisión de Planeación estarán obligados a realizar gestiones a favor de los beneficiarios ante otras instituciones.

16. Las circunstancias no previstas en la presente convocatoria serán resueltas en definitiva por la Comisión de Planeación del PECDA.

17. La fecha límite para presentar los proyectos a concurso será el 31 de agosto del 2018, a las 15:00 hrs.

18. Cualquier solicitud que no cumpla con las bases de la presente convocatoria, quedará automáticamente descalificada.

RESTRICCIONES

1. En ningún caso podrán presentarse proyectos en más de una categoría y disciplina. En caso de detectarse que el mismo proyecto fue presentado a este programa en otro Estado, el proyecto será desechado y se notificará al Estado en cuestión.

2. Este Programa no apoya proyectos ya realizados, ni tampoco aquellos cuyo inicio sea anterior a la publicación de resultados de la convocatoria. Los apoyos se destinarán a nuevas creaciones y no a productos terminados antes de la emisión de la presente convocatoria.

3. No podrán participar en la convocatoria:

a) Quienes hayan sido beneficiarios en la promoción inmediata anterior (excepto en la categoría de Apoyo para la formación artística) y aquellos que hayan recibido el estimulo en tres ocasiones en cualquier convocatoria del PECDA a nivel nacional. En grupos artísticos, aún con representante diferente, no podrán beneficiarse en mós de tres ocasiones.

b) Quienes hayan recibido el estímulo en alguna de las anteriores tres emisiones, en cualquier otra convocatoria del PECDA a nivel nacional.

e) No pddrán participar aquellos beneficiarios de este u otros Programas de Colaboración con la Secretaría de Cultura que, en emisiones anteriores, no hayan cumplido con los compromisos adquiridos dentro de los plazos establecidos y no lo demuestren mediante la carta de liberación correspondiente.

d) Quienes hayan obtenido dos apoyos consecutivos en la categorfa de Apoyo para la formación artística.

e) Aquellos que estén recibiendo apoyo proveniente de algún otro estímulo federal, estatal o municipal,aunque se trate de proyectos diferentes.

4 . Servidores públicos y empleados que mantengan una relación laboral de al menos 12 meses con las instancias convocan tes y que tengan nivel salarial de Jefe de Departamento o superior. Los miembros de la comisión de Planeación o de la Comisión Técnica, caso que querer participar, deberán esperar al menos 12 meses luego de separarse del cargo para poder presentar su solicitud y manifestar oficialmente su separación.

5. Los apoyos no son para realizar ninguna investigación académica o tesis de grado en las disciplinas a las que se refiere esta convocatoria.

6. En ningún caso estos estímulos servirán para la compra de ningún tipo de equipo, sea de cómputo, modulares, laboratorios, u otro. Tampoco podrán emplearse para pago de honorarios o sueldos a terceros, ni a ningún gasto no relacionado directamente con la realización del proyecto aprobado.

7. En ningún caso el periodo para la conclusión de un proyecto excederá de un año, a partir de que el beneficiario reciba su primera ministración.

Leer detalles en el PDF adjunto.

 

Fecha de publicación: 2018-07-19

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