Convocatoria Programa Nacional de Teatro Escolar 2019-2020


Podrán participar artistas escénicos residentes en el estado de Guerrero que acrediten experiencia suficiente para la realización de un montaje teatral dirigido a los escolares en etapa de educación básica.

BASES DE PARTICIPACIÓN

Podrán participar artistas escénicos residentes en el estado de Guerrero que acrediten experiencia suficiente para la realización de un montaje teatral dirigido a los escolares en etapa de educación básica

Modalidades de participación:

a. Individual o solista

b. Grupos de artistas no constituidos

c. Agrupaciones legalmente constituidas

Los proyectos de artistas, grupos o compañías interesados en aplicar a la selección de esta convocatoria deberán cubrir los siguientes:

REQUISITOS GENERALES:

a. El o la responsable del proyecto debe tener 25 años cumplidos a la fecha de la postulación.

b. El 70% de las y los integrantes del equipo de trabajo, incluyendo la persona responsable, deben contar con una residencia mínima de tres años en el estado de Guerrero.

c. Enviar la documentación requerida según el orden que se describe en el capítulo DOCUMENTOS Y MATERIALES.

d. Aceptar expresamente los lineamientos generales y las bases de la presente convocatoria.

e. Contar con la autorización para el uso de los derechos de autor de la obra postulada en los términos establecidos en los lineamientos.

f. Tener la disponibilidad para ser programados durante la vigencia del programa que abarca de 2019 – 2020.

g. Cumplir en su totalidad con lo estipulado en los lineamientos generales del programa, así como con las bases y requisitos de esta convocatoria.

4. Los Lineamientos generales del Programa Nacional de Teatro Escolar 2019 – 2020 están disponibles en el portal:

http://programanacionaldeteatroescolar.blogspot.mx

RESPONSABLE DEL PROYECTO

5. La persona responsable es quien signa el proyecto y representa al grupo o compañía frente a las instancias convocantes, quien además será el contacto oficial.

6. Las y los participantes en el proyecto deberán extender una carta en la que nombren a su representante; salvo el caso de que participen como persona moral, cuya personalidad se acreditará mediante el poder notarial correspondiente.

RESIDENCIA

7. Sobre el principio de buena fe, el domicilio que aparezca en la identificación oficial será suficiente para acreditar la residencia de las y losparticipantes. En caso de que ésta señale una residencia fuera del estado, deberán manifestar en una carta bajo protesta de decir verdad, el tiempo que tienen viviendo en el estado de Guerrero y los proyectos en los que han participado; apercibidos de ser excluidos del programa en caso de falsedad, independientemente de las penas legales que sean aplicables.

8. Las y los integrantes foráneos deberán informar en los mismo términos, sobre su lugar de residencia y cumplir con el requisito previsto en el numeral 25 de esta convocatoria.

DOCUMENTOS Y MATERIALES

9. Todos los documentos y materiales deberán ser legibles y enviarse en forma digital al correo electrónico contacto.secultura@guerrero.gob.mx

9.1. Formato de registro

9.2. Proyecto de producción

9.3. Aviso de privacidad

9.4. Texto propuesto

10. Remitir el formato de registro en archivo pdf debidamente completado. Este documento está disponible en el portal

www.secretariadeculturaguerrero.gob.mx

11. Proyecto de producción en formato pdf con fuente Times New Roman a 12 puntos e interlineado de 1.5 en tamaño carta que contenga la información en el orden que se menciona:

11.1. Portada con el nombre del proyecto, grupo o compañía, autoría, dirección y los datos de la persona que lleve la representación.

11.2. Breve reseña de la compañía o grupo (media cuartilla)

11.3. Justificación del proyecto

11.4. Público escolar específico al que va dirigido (Educación Básica)

11.5. Objetivos.

11.6. Propuesta de puesta en escena.

11.7. Breve síntesis curricular del equipo de trabajo (media cuartilla como máximo)

11.8. Plan de trabajo organizado por semanas que incluya los tiempos necesarios para generar la producción, ensayos, montaje y estreno.

11.9. Presupuesto desglosado en apego a los Lineamientos del Programa Nacional de Teatro Escolar 2019 – 2020.

11.10. Documento que acredite el uso de los derechos de autor.

11.11. Lista de todos las y los participantes (nombre completo, función que desarrolla dentro del proyecto, porcentual de residentes locales que participan, domicilio particular, número telefónico, correo electrónico e indicar si están participando en más de una postulación en el estado o en distintas entidades).

11.12. Documentos de identidad oficial y comprobantes de domicilio del equipo de trabajo actualizado.

11.13. Carta suscrita por cada miembro del equipo que contenga:

11.13.1. Manifestación expresa sobre el hecho que conoce y acepta los Lineamientos Generales del Programa Nacional de Teatro Escolar 2019 – 2020 y las bases de esta convocatoria.

11.13.2. Las declaraciones vinculadas a su residencia, expuestas en los puntos 7 de esta convocatoria.

11.13.3. Compromiso para concluir satisfactoriamente el programa.

11.13.4. En su caso, lo descrito en los numerales 8 y 24 de la convocatoria para colaboradores foráneos.

11.13.5. Firma de la persona que suscribe.

11.14. Carta o documento que acredite la representación según se expresó en el numeral 6.

12. Anexar debidamente aceptado el aviso de privacidad disponible en:

http://programanacionaldeteatroescolar.blogspot.mx

13. Enviar en pdf copia del texto propuesto.

14. Subir a una plataforma pública YouTube, Vimeo o similar, un video que contenga una muestra de los dos últimos montajes de la directora o director. Es necesario que este material cuente con la calidad suficiente en imagen y sonido para ser evaluado. El hipervínculo (link) será requerido en el formato de inscripción; en caso de ser su primer trabajo de dirección hacerlo del conocimiento en el proyecto.

15. La omisión en el envío completo de la documentación y materiales conlleva la descalificación automática del proceso de selección.

DERECHOS DE AUTOR

16. Será necesario presentar certificado de Indautor, y en su caso, acompañar la licencia correspondiente para el ejercicio de los derechos de autor. Las adaptaciones o versiones libres deberán contar con la autorización del autor de la obra original.

CARACTERÍSTICAS DE

LA PUESTA EN ESCENA

17. El proyecto beneficiado deberá producir una puesta en escena de calidad para niñas, niños y/o adolescentes en la etapa de formación básica.

18. La obra debe contar con una duración:

• Mínima de 50 y máximo de 60 minutos para público de primaria.

• Mínima de 50 y máxima de 90 minutos para públicos de secundaria.

19. Las características en el diseño de puesta en escena, iluminación, audio y en general toda la escenotécnia, debe ser sencilla y adaptable a cualquier espacio escénico abierto o cerrado; sus elementos escenográficos, utilitarios y de vestuario, ligeros y de fácil transportación.

FECHAS DE APERTURA Y PLAZOS

DE LA CONVO CATORIA

20. La presente convocatoria queda abierta a partir de su publicación.

21. La fecha límite para la recepción de proyectos será el 2 de agosto, a las 15:00 hrs.

22. Los resultados se darán a conocer a más tardar el 6 de septiembre en la página www.secretariadeculturaguerrero.gob.mx

FUNCIONES

23. El proyecto que resulte seleccionado cumplirá con 40 representaciones.

24. No se podrán realizar más de tres funciones por día.

25. Los grupos deberán asumir los gastos de traslado, hospedaje y alimentos que emanen de las colaboraciones de creadoras y creadores foráneos en el marco de los acuerdos desarrollados al interior de cada agrupación.

COMITÉ DE SELECCIÓN

26. La elección del proyecto beneficiado estará a cargo de un comité de selección integrado por personalidades de reconocida trayectoria en el teatro mexicano y su fallo será inapelable.

27. Bajo el principio del interés superior de la niñez, el comité de selección está facultado para hacer cualquier recomendación sobre la elección del texto; y en general, sugerir los cambios pertinentes de acuerdo con las características del grupo y la comunidad escolar a la que se dirige. Así mismo, propondrá a una o un especialista en teatro para niñas, niños y jóvenes con la finalidad de acompañar el proceso creativo, brindar asesoría que enriquezca el resultado, fomente la colaboración y el intercambio artístico.

PRESUPUESTO

28. El presupuesto asignado al programa asciende a $ 485, 250.00 (cuatrocientos ochenta y cinco mil doscientos cincuenta pesos 00/100 m.n.) IVA incluido para la producción, honorarios y funciones de una sola puesta en escena, derechos de autor, gastos y honorarios de un asesor y materiales de difusión. Para ejercerlo serán aplicables los tabuladores y reglas descritas en sus Lineamientos Generales.

29. Los recursos del programa son limitados, el hecho que un proyecto no sea seleccionado no determina su valor o importancia.

RESTRICCIONES

30. No podrán participar en la presente convocatoria aquellas personas:

a. Que fueron beneficiados en el Programa Nacional de Teatro Escolar 2018-2019 en el Estado de Guerrero.

b. Las y los coordinadores del programa en el Estado.

c. Mandos medios o superiores que laboren dentro de las instituciones convocantes.

d. Quienes hayan incumplido convenios con alguna de las instancias que ahora convocan.

31. No podrán beneficiarse de este programa

a. Las personas que a la fecha del cierre de esta convocatoria sean beneficiarias de programas para el desarrollo de proyectos artísticos o culturales, con recursos de origen federal y/o estatal, obtenidos a través de convocatoria pública.

32. No se considerarán las propuestas que hayan sido estrenadas o se encuentren en proceso de producción.

INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA

33. Para dar seguimiento al programa será obligatorio generar los reportes descritos en sus Lineamientos. Esta información será remitida a los correos electrónicos (estatal e INBAL).

CRÉDITOS INSTITUCIONALES

34. El Programa Nacional de Teatro Escolar es institucional, las producciones que de él deriven, invariablemente, otorgarán los créditos correspondientes.

CONSIDERACIONES GENERALES

35. La participación en esta convocatoria implica la aceptación de sus bases y lineamientos.

36. Los resultados emitidos para esta convocatoria solo podrán ser cuestionados en el marco de sus bases y los lineamientos que las rigen.

37. Si las o los aspirantes consideran que se ha incumplido u omitido la aplicación de alguna regla durante la evaluación o selección de los proyectos, pueden solicitar información aclaratoria sobre su participación en el término de tres días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de resultados, mediante escrito dirigido a la Coordinación Nacional de Teatro, al correo electrónicoenlace03.teatroescolar@gmail.com, contacto.secultura@guerrero.gob.mx

38. La respuesta a esta inconformidad se dará dentro de los diez días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud, será enviada por la misma vía.

39. Los casos no previstos en esta convocatoria y las eventualidades que surjan en la operación del programa serán resuZeltos en los términos estipulados en sus Lineamientos Generales.

EQUIDAD Y NO DISCRIMINACIÓN

40. La elección de los proyectos es un procedimiento competitivo, eficiente, equitativo y transparente, sustentado en méritos y calidad; el pago de honorarios, otorgamiento de apoyos y programación de los espectáculos están sujetos al proceso de evaluación, selección, formalización y seguimiento de las reglas de esta convocatoria, así como, a la aplicación de las normas que rigen a las instituciones convocantes. No se discrimina a nadie por ningún motivo.

AVISO DE PRIVACIDAD

41. Conforme a las políticas de protección de datos personales, la información proporcionada por los postulantes es confidencial y de uso exclusivo para la presente convocatoria. Cualquier solicitud ajena a ésta, deberá contar con la autorización expresa del responsable del proyecto.

MARCO LEGAL

42. La presente convocatoria se emite a los 24 días del mes de junio de 2019 – 2020, con fundamento en lo previsto por el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 1, Apartado B, fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura, 1, 2 y 6 de la Ley que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y, Punto 1.1.8, del Manual General de Organización del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura; así como aquellas leyes relativas y aplicables de las instituciones convocantes.

“El Programa Nacional de Teatro Escolar 2019 -2020 es una iniciativa impulsada por la Secretaría de Cultura Federal a través del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura por conducto de la Coordinación Nacional de Teatro; y la Instancia Estatal de Cultura”

“Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”

PARA MAYORES INFORMES: Av. Costera Miguel Alemán Núm. 4834, Fraccionamiento. Costa Azul, C.P.39850, Acapulco, Gro.

Tel. (01 744) 48 47168

 

Fecha de publicación: 2019-07-24

 

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