Convocatoria del Programa de Estímulo a la Creación y Desarrollo Artístico del Estado de Tabasco, 2019


El Gobierno del Estado de Tabasco, a través del Instituto Estatal de Cultura y la Secretaría de Cultura del Gobierno de la República, a los creadores, intérpretes, estudiantes de arte, grupos artísticos, para que, de manera individual o colectiva, presenten a concurso proyectos susceptibles de realizarse en el transcurso de diez meses, recibiendo, de ser seleccionados, estímulos económicos que les procuren mejores condiciones para continuar con su labor

Estado: Tabasco

Dependencia: Dirección General de Vinculación Cultural

BASES GENERALES

1. Los solicitantes deberán ser originarios del estado de Tabasco o residentes en él.

2. Los proyectos deberán ser realizados dentro de la entidad y los responsables de los  proyectos aprobados en esta Convocatoria deberán radicar en el estado durante los 10 meses del desarrollo de sus proyectos y en el transcurso de la realización de su retribución social, a excepción de la categoría de Desarrollo Artístico Individual.

3. Se les considerará residentes a quienes comprueben, mediante documento oficial, que residan en el estado durante los últimos cinco años.

4. Los postulantes deberán presentar un proyecto específico de trabajo, en sólo una de las categorías y disciplinas arriba mencionadas, cuyo desarrollo y conclusión se darán durante la vigencia del apoyo.

5. El Programa cuenta con un manual de elaboración de proyectos culturales que está a la disposición de los interesados, en la plataforma y en las oficinas de la Coordinación del Programa y ofrece, de manera gratuita, cursos de elaboración de proyectos con la finalidad de apoyar la presentación de proyectos viables. Para mayores informes dirigirse a la Coordinación de Programas Federales en el domicilio o teléfono que se especifican al final de esta convocatoria.

6. Cuando el proyecto lo requiera, el aspirante deberá contar con los permisos correspondientes, tales como derechos de autor, utilización de espacios, registro fotográfico en diversos recintos, acceso a áreas naturales protegidas, etc.

7. En lo posible, los proyectos deberán generar otros procesos culturales, a mediano y/o largo plazo y/o propiciar algún beneficio a la sociedad.

8. Únicamente se pueden obtener los estímulos en un máximo de tres emisiones no consecutivas. En el caso de tener el respaldo económico de otras fuentes, se deberá acreditar mediante cartas compromiso por parte de las instancias participantes.

9. No se aceptarán apoyos económicos o en especie de otras fuentes que sean posteriores a la firma de la carta compromiso del beneficiario.

10. En ningún caso estos estímulos servirán para la compra de ningún tipo de equipo, sea de cómputo, de sonido, laboratorio, u otro. Tampoco podrán emplearse para pago de honorarios o sueldos a terceros, ni a ningún gasto no relacionado directamente con la realización del proyecto aprobado.

11. Los postulantes que se encuentren concursando simultáneamente en otras Convocatorias de la Secretaría de Cultura del Gobierno de la Republica podrán participar, sin embargo, en caso de verse beneficiados en ambas convocatorias, deberán renunciar a alguno de los estímulos. De renunciar al estímulo del PECDA, dicha participación será contabilizada como beneficio otorgado.

12. Se tomará como requisito indispensable en el dictamen de las solicitudes, la entrega correcta y completa de la documentación requerida en el Sistema PECDA en línea, la calidad y viabilidad del proyecto, así como el cronograma de trabajo.

13. Al presentar su solicitud, firmada en formato digital, los postulantes aceptan de conformidad sujetarse a las reglas de participación y al dictamen final de la Comisión Técnica (Jurado calificador).

14. Solo se aceptarán proyectos enviados a través del Sistema PECDA en línea.

Leer detalles en el PDF adjunto.

 

Fecha de publicación: 2018-07-30

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