Convocatoria del Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico del Estado de Jalisco, 2018


El Gobierno del Estado de Jalisco, a través de la Secretaría de Cultura, con apoyo de la Dirección General de Desarrollo Cultural y Artístico y la Coordinación de Fomento Artístico y la Secretaría de Cultura del Gobierno de la República convocan

Estado: Jalisco

Dependencia: Dirección General de Vinculación Cultural

  1. Los aspirantes deberán ser mayores de 18 años a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
  2. Los aspirantes deberán acreditar una residencia mínima de tres años en el estado de Jalisco. En el caso de proyectos grupales, la residencia en el estado deberá acreditarse por la mitad más uno de los integrantes. A excepción de las categorías de desarrollo individual, formación artística en México y en el extranjero, en las cuales el postulante podrá ser originario del estado o residente durante los últimos 3 años.
  3. Los aspirantes podrán presentar únicamente un proyecto en una categoría o campo cultural, susceptible de realizarse durante el periodo de vigencia del estímulo.
  4. Para presentar su proyecto, el postulante deberá ingresar a la página (www.pecdaenlinea.cultura.gob.mx) y registrarse como participante. Sólo se aceptarán proyectos enviados a través del sistema PECDA en línea.
  5. Se realizará una revisión administrativa con la finalidad de verificar que los documentos cargados en línea sean los correctos. En caso de que no cumpla con la totalidad de los requisitos estipulados en la presente Convocatoria, la propuesta quedará descalificada, por lo que es responsabilidad del aspirante realizar el registro adecuado de la información.
  6. Cuando el proyecto lo requiera, el aspirante deberá contar con los permisos correspondientes, tales como derechos de autor, autorización para el uso de espacios, registro fotográficos en recintos, acceso a las áreas naturales protegidas, etc.
  7. Para la presentación de proyectos grupales, se nombrará a un representante, quien será el responsable del proyecto ante el Programa, por lo que la agrupación deberá entregar una carta firmada por sus integrantes en la que se autorice la designación. Todos los integrantes de la agrupación, en caso de ser seleccionados, se considerarán beneficiarios del programa, por lo que están sujetos a las bases generales de la presente convocatoria.
  8. En caso de que el representante o algún integrante del grupo beneficiario se separe del mismo, deberá notificar por escrito a la Comisión de Planeación las razones de su separación. El grupo deberá designar un nuevo responsable, quien suscribirá un documento donde asuma los compromisos de su antecesor. En este caso, la Comisión de Planeación se reserva el derecho de revisar la pertinencia de mantener el apoyo.
  9. La evaluación de los proyectos será responsabilidad de la Comisión Técnica, conformada por especialistas de reconocido prestigio en cada campo cultural la cual será designada por la Comisión de Planeación.
  10. La distribución final de los estímulos será realizada por la Comisión de Planeación, de acuerdo con las evaluaciones y sugerencias de la Comisión Técnica. Su fallo será inapelable.
  11. Los proyectos que sean descalificados o resulten no seleccionados serán eliminados del sistema en su totalidad 30 días después de la publicación de resultados.
  12. Los postulantes que se encuentren concursando simultáneamente en otra convocatoria de la Secretaría de Cultura del Gobierno de la República podrán participar; no obstante, en caso de verse beneficiados en ambas convocatorias, deberán renunciar a alguno de los estímulos con el fin de beneficiar a un mayor número de creadores.
  13. Quienes resulten seleccionados firmarán un convenio con la Secretaría de Cultura del Gobierno del Estado de Jalisco en el que se precisan las obligaciones de ambas partes, referentes al suministro de los recursos económicos, al desarrollo del proyecto, la presentación de los informes y en su caso, las acciones de retribución social que desarrollarán.
  14. Los beneficiarios deberán presentar en línea tres informes trimestrales y un informe final de acuerdo al calendario establecido, los cuales deberán contener anexos que ilustren el trabajo realizado en el período que reporta. Dichos reportes serán avalados por el tutor asignado previamente. En caso de incumplimiento, se podrá suspender temporalmente el estímulo, mientras no justifique su situación. De persistir esta falta, la Comisión de Planeación está facultada para retirar el estímulo de manera definitiva y solicitar la devolución de los recursos entregados.
  15. Cualquier modificación al proyecto deberá ser previamente autorizada por el tutor y presentada a la Comisión de Planeación para su autorización final.
  16. En todos los casos, los creadores artísticos conservarán los derechos de autor sobre su obra. En caso de publicación o difusión del producto de su proyecto, se comprometen a otorgar los créditos correspondientes al Programa de Estímulo a la Creación y Desarrollo Artístico, a la Secretaría de Cultura del Gobierno del Estado de Jalisco y a la Secretaría de Cultura del Gobierno de la República.
  17. Todos los proyectos deberán incluir la documentación que se solicita en cada una de las categorías.
  18. Los proyectos beneficiados deberán desarrollarse en el estado de Jalisco, a excepción de las categorías que permiten la movilidad de manera expresa.
  19. Los proyectos deberán plantear acciones de retribución social (presentaciones artísticas, conferencias, talleres, capacitación, exposiciones, etc.) a desarrollarse en comunidades, municipios y espacios de la entidad.
  20. En caso de haber sido beneficiados en alguna emisión del PECDA a nivel nacional, el proyecto deberá incluir copia de la carta de finiquito de compromisos.
  21. Al registrar su solicitud los aspirantes aceptan de conformidad sujetarse a las reglas de participación establecidas en la presente Convocatoria.
  22. Los recursos económicos de este Programa son limitados y la aceptación o rechazo de los proyectos no prejuzga su valor e importancia.
  23. Los casos no previstos en esta Convocatoria serán resueltos por la Comisión de Planeación del Programa.

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Fecha de publicación: 2018-08-07

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