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Rumbo al centenario de la constitución de 1917

Se suspenden las garantías individuales en todo el país
10 de octubre de 1916
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Se suspenden las garantías individuales en todo el país

En vista de que el bandidaje seguía asolando gran parte del país, el Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Venustiano Carranza, decidió activar de nueva cuenta el decreto del 25 de enero de 1862, proclamado por el presidente Benito Juárez, para castigar los delitos contra la nación, el orden, la paz pública y las garantías individuales. De acuerdo con las modificaciones hechas por Carranza, serían castigados con la pena de muerte los que asaltaran, dañaran o interrumpieran el tráfico ferroviario; incendiarios, plagiarios, cuatreros, salteadores de caminos; rateros de casa-habitación, ranchos, haciendas, vía pública, en despoblado, y que cometieran cualquier tipo de robos. Se señaló que las autoridades que auxiliaran o no persiguieran a los delincuentes, los vecinos que compraran cosas robadas o no auxiliaran a la autoridad, también serían castigadas con prisión.

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